PROPIEDAD INDUSTRIAL En SantaCruz&Asoc sabemos que los derechos de propiedad industrial otorgan a su titular la exclusividad sobre el objeto de protección y su ejercicio regular no puede ser sancionada como practica monopólica ni como acto restrictivo de la competencia. Por ello todas las personas naturales y jurídicas u otras entidades de derecho público o privado, estatal o no estatal, con o sin fines de lucro, estén domiciliadas en el país o en el extranjero pueden acceder a los beneficios de la Propiedad industrial.
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  • Marcas de productos y de servicios
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  • Denominación de origen















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